codigo penal y descargas... >.<
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LordKuroNeko
Einon
Dhaos
Surah
koam
9 participantes
codigo penal y descargas... >.<
bueno,a l@s que teneis tuenti,quizas os ha llegado un evento como el que os pongo aqui mismo,con el que me he quedado alucinadisimo...a ver que os parece:
1. SUPUESTO
a) PEPE se descarga una canción de Internet.
b)
PEPE decide que prefiere el disco original y va a El Corte Inglés a
hurtarlo. Una vez allí, y para no dar dos viajes, opta por llevarse
toda una discografía. La suma de lo hurtado no supera los 400 euros.
ACLARACIÓN:
La descarga de la canción sería un delito con pena de 6 meses a dos
años. El hurto de la discografía en El Corte Inglés ni siquiera sería
un delito, sino una simple falta (art. 623.1 del Código Penal).
2. SUPUESTO
a) CARMEN se descarga una canción de Internet.
b) CARMEN va a hurtar a El Corte Inglés y, como se la va la mano, se lleva cincuenta compactos, por valor global de 1.000 euros.
ACLARACIÓN:
Seguiría siendo más grave la descarga de Internet. El hurto sería un
delito, porque supera los 400 euros, pero sería de menor pena que la
descarga (art. 234 del Código Penal).
3. SUPUESTO
a) JOAQUÍN , en el pleno uso de sus facultades mentales, se descarga una canción de Malena Gracia.
b) JOAQUIN en un descuido de Malena Gracia, se lleva su coche y lo devuelve 40 horas después.
ACLARACIÓN:
Sería mas grave la descarga. El hurto de uso de vehículo tiene menos
pena, a tenor del articulo 244.1 del Código Penal.
4. SUPUESTO
a) Ocho personas se intercambian copias de su música favorita.
b)
Ocho personas participan en una riña tumultuosa utilizando medios o
instrumentos que pueden poner en peligro sus vidas o su integridad
física.
ACLARACIÓN: Es menos grave participar en una pelea que
participar en el intercambio de compactos. Participar en una riña
tumultuosa tiene una pena de tres meses a un año (art. 154 del Código
Penal)y el intercambio tendría una pena de 6 meses a 2 años (art. 270
del Código Penal). Si algún día te ves obligado a elegir entre
participar en un intercambio de copias de CDs o participar en una pelea
masiva, escoge siempre la segunda opción, que es obviamente menos
reprobable.
5. SUPUESTO
a) JUAN copia la última película de su director favorito de un DVD que le presta su secretaria Susana.
b) JUAN,aprovechando su superioridad jerárquica en el trabajo, acosa sexualmente a su secretaria Susana.
ACLARACIÓN: El acoso sexual tendría menos pena según el artículo 184.2 del Código Penal.
6. SUPUESTO
a)
MÓNICA Y CRISTINA van a un colegio y distribuyen entre los alumnos de
preescolar copias de películas educativas de dibujos animados
protegidas por copyright y sin autorización de los autores.
b)
MÓNICA Y CRISTINA van a un colegio y distribuyen entre los alumnos de
preescolar películas pornográficas protagonizadas y creadas por la
pareja.
ACLARACIÓN: La acción menos grave es la de distribuir
material pornográfico a menores según el articulo 186 del Código Penal.
La distribución de copias de material con copyright sería un delito al
existir un lucro consistente en el ahorro conseguido por eludir el pago
de los originales cuyas copias han sido objeto de distribución.
7. SUPUESTO
a)
NACHO, que es un bromista, le copia a su amigo el último disco de Andy
y Lucas, diciéndole que es el 'Kill'em All' de Metallica.
b) NACHO, que es un bromista, deja una jeringuilla infectada de SIDA en un parque público.
ACLARACIÓN: La segunda broma sería menos grave, a tenor del artículo 630 del Código Penal
8. SUPUESTO
a) ANTONIO fotocopia una página de un libro.
b) ANTONIO le da un par de puñetazos a su amigo por recomendarle ir a ver la película 'La Jungla 4.0'.
ACLARACIÓN:
La acción más grave desde un punto de vista penal sería la 'a', puesto
que la reproducción, incluso parcial, seria un delito con pena de 6
meses a dos años de prisión y multa de 12 a 24 meses. Los puñetazos, si
no precisaron una asistencia médica o quirúrgica, serían tan solo una
falta en virtud de lo dispuesto en el artículo 617 en relación con el
147 del Código Penal.
Hala, chavalotes, ya sabéis: pegad,
violad, acosad, robad, pero no uséis el emule.
que os parece??
1. SUPUESTO
a) PEPE se descarga una canción de Internet.
b)
PEPE decide que prefiere el disco original y va a El Corte Inglés a
hurtarlo. Una vez allí, y para no dar dos viajes, opta por llevarse
toda una discografía. La suma de lo hurtado no supera los 400 euros.
ACLARACIÓN:
La descarga de la canción sería un delito con pena de 6 meses a dos
años. El hurto de la discografía en El Corte Inglés ni siquiera sería
un delito, sino una simple falta (art. 623.1 del Código Penal).
2. SUPUESTO
a) CARMEN se descarga una canción de Internet.
b) CARMEN va a hurtar a El Corte Inglés y, como se la va la mano, se lleva cincuenta compactos, por valor global de 1.000 euros.
ACLARACIÓN:
Seguiría siendo más grave la descarga de Internet. El hurto sería un
delito, porque supera los 400 euros, pero sería de menor pena que la
descarga (art. 234 del Código Penal).
3. SUPUESTO
a) JOAQUÍN , en el pleno uso de sus facultades mentales, se descarga una canción de Malena Gracia.
b) JOAQUIN en un descuido de Malena Gracia, se lleva su coche y lo devuelve 40 horas después.
ACLARACIÓN:
Sería mas grave la descarga. El hurto de uso de vehículo tiene menos
pena, a tenor del articulo 244.1 del Código Penal.
4. SUPUESTO
a) Ocho personas se intercambian copias de su música favorita.
b)
Ocho personas participan en una riña tumultuosa utilizando medios o
instrumentos que pueden poner en peligro sus vidas o su integridad
física.
ACLARACIÓN: Es menos grave participar en una pelea que
participar en el intercambio de compactos. Participar en una riña
tumultuosa tiene una pena de tres meses a un año (art. 154 del Código
Penal)y el intercambio tendría una pena de 6 meses a 2 años (art. 270
del Código Penal). Si algún día te ves obligado a elegir entre
participar en un intercambio de copias de CDs o participar en una pelea
masiva, escoge siempre la segunda opción, que es obviamente menos
reprobable.
5. SUPUESTO
a) JUAN copia la última película de su director favorito de un DVD que le presta su secretaria Susana.
b) JUAN,aprovechando su superioridad jerárquica en el trabajo, acosa sexualmente a su secretaria Susana.
ACLARACIÓN: El acoso sexual tendría menos pena según el artículo 184.2 del Código Penal.
6. SUPUESTO
a)
MÓNICA Y CRISTINA van a un colegio y distribuyen entre los alumnos de
preescolar copias de películas educativas de dibujos animados
protegidas por copyright y sin autorización de los autores.
b)
MÓNICA Y CRISTINA van a un colegio y distribuyen entre los alumnos de
preescolar películas pornográficas protagonizadas y creadas por la
pareja.
ACLARACIÓN: La acción menos grave es la de distribuir
material pornográfico a menores según el articulo 186 del Código Penal.
La distribución de copias de material con copyright sería un delito al
existir un lucro consistente en el ahorro conseguido por eludir el pago
de los originales cuyas copias han sido objeto de distribución.
7. SUPUESTO
a)
NACHO, que es un bromista, le copia a su amigo el último disco de Andy
y Lucas, diciéndole que es el 'Kill'em All' de Metallica.
b) NACHO, que es un bromista, deja una jeringuilla infectada de SIDA en un parque público.
ACLARACIÓN: La segunda broma sería menos grave, a tenor del artículo 630 del Código Penal
8. SUPUESTO
a) ANTONIO fotocopia una página de un libro.
b) ANTONIO le da un par de puñetazos a su amigo por recomendarle ir a ver la película 'La Jungla 4.0'.
ACLARACIÓN:
La acción más grave desde un punto de vista penal sería la 'a', puesto
que la reproducción, incluso parcial, seria un delito con pena de 6
meses a dos años de prisión y multa de 12 a 24 meses. Los puñetazos, si
no precisaron una asistencia médica o quirúrgica, serían tan solo una
falta en virtud de lo dispuesto en el artículo 617 en relación con el
147 del Código Penal.
Hala, chavalotes, ya sabéis: pegad,
violad, acosad, robad, pero no uséis el emule.
que os parece??
koam- No Name
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Re: codigo penal y descargas... >.<
.... habría que piratear a estos que ponen las penas...
Surah- Guardián del foro
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Re: codigo penal y descargas... >.<
Me parece un intento para evitar las descargas.
Robar no robamos todos, violar tampoco, matar tampoco. Pero descargar canciones de internet... sí, eso lo hacemos todos. No es porque sea un crimen peor, es porque lo hacemos todos y quieren evitarlo, de una forma dura.
Robar no robamos todos, violar tampoco, matar tampoco. Pero descargar canciones de internet... sí, eso lo hacemos todos. No es porque sea un crimen peor, es porque lo hacemos todos y quieren evitarlo, de una forma dura.
Dhaos- Administrador
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Re: codigo penal y descargas... >.<
conversacion en una celda:
-tu por que estas aqui?
-yo?por violar y matar a 32 ancianas...y tu?
-yo...me descargue el disco de bisbal...
-tioo,eres mazo de chungo!!!!!!!
-tu por que estas aqui?
-yo?por violar y matar a 32 ancianas...y tu?
-yo...me descargue el disco de bisbal...
-tioo,eres mazo de chungo!!!!!!!
koam- No Name
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Re: codigo penal y descargas... >.<
koam escribió:conversacion en una celda:
-tu por que estas aqui?
-yo?por violar y matar a 32 ancianas...y tu?
-yo...me descargue el disco de bisbal...
-tioo,eres mazo de chungo!!!!!!!
¿Hablamos del dinero que la SGAE se lleva en nombre de los derechos de autor, pero que el autor no huele ni siquiera un procentaje?
Sé que es absurdo, pero también las normas de la DGT, las que están en contra del tabaco y las de la educación (que se supone que no se pueden cambiar ._.)
Dhaos- Administrador
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Re: codigo penal y descargas... >.<
Que tienen de absurdo las normas de tráfico y contra el tabaco?
Einon- Unknown
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Re: codigo penal y descargas... >.<
Einon escribió:Que tienen de absurdo las normas de tráfico y contra el tabaco?
Hablo de las nuevas normas de tráfico. El carnet por puntos me parece absurdo de por sí. Y la severidad aplicada no creo que reduzca en ningún momento los muertos en carretera.
Y aunque las normas en contra del tabaco me benefician, no acaba de gustarme la idea de que, de repente, se criminalice a un colectivo. Lo pongo en cursiva porque no es para tanto, pero creo que se me entiende. No me gustaría que de repente se hiciera un pequeño sitio en los locales para los chicos de pelo largo.
Dhaos- Administrador
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Re: codigo penal y descargas... >.<
Dhaos escribió:Y la severidad aplicada no creo que reduzca en ningún momento los muertos en carretera.
Eso es lo que opina una persona sin carnet. El carnet por puntos funciona. doy fe y lo veo en carretera todos los dias
aunque alguno se libra...y da una rabia tremenda...y la gente con pelo largo no está molestando al resto, como pasa con la gente que fuma. personalmente me parece bien que los que quieran fumar se vayan a un sitio a fumar. ellos no querrian ser molestados por otras cosas que ellos no hacen, y si yo soy fumador, no me pondria a fumar en un sitio donde hay, por ejemplo, niños pequeños, asique agradeceria, de ser fumador tener un sitio donde fumar agusto sin tener que estar pendiente de, por ejemplo, niños pequeños. no soy fumador pero mi madre si, es lo que opina y yo lo comparto
Re: codigo penal y descargas... >.<
Coincido con Lordkuroneko.
No sé si recuerdas los datos que salieron en todos los telediarios pero desde que se implantó el carnet por puntos los accidentes se redujeron significativamente.
No sé si recuerdas los datos que salieron en todos los telediarios pero desde que se implantó el carnet por puntos los accidentes se redujeron significativamente.
Einon- Unknown
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Re: codigo penal y descargas... >.<
un 20% menos de accidentes.
koam- No Name
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Re: codigo penal y descargas... >.<
No sé si recuerdas los datos que salieron en todos los telediarios pero
desde que se implantó el carnet por puntos los accidentes se redujeron
significativamente.
Tanto en esto como en el tabaco, me cuesta creer que la gente sea más respetuosa por miedo a una multa/pérdida de puntos ^^U.
Pero es una opinión personal.
Y en cuanto al tema tratado, supongo que el "robo con tecnología" se considera peor, justo por eso, por el uso de tecnología a la hora de robar, y porque lo hace todo el mundo, y así lo que consiguen es el miedo. Digo que supongo, porque ya sabeis mis opiniones sobre la legislación.
¿Que es absurdo? Sí, pero no me sorprende.
Dhaos- Administrador
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Re: codigo penal y descargas... >.<
Ese evento probablemente os lo haya enviado yo, ya que creo que se lo mandé a todos (unas 83 personas xDD)
Lo que tendrían que hacer es endurecer las otras penas, ya que algunas de ellas me parecen ridículas en relación a lo que quieren castigar u.u
Lo que tendrían que hacer es endurecer las otras penas, ya que algunas de ellas me parecen ridículas en relación a lo que quieren castigar u.u
Jumpers- Unknown
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Fecha de inscripción : 29/11/2007
Re: codigo penal y descargas... >.<
coincido con Dhaos en que las penas son tan brutales por el hecho de que todos nos bajamos musica, pero no todos asesinamo, violamos, vamos a 200km/h, o robamos.
de todas formas Dhaos, opino que no ves logico que la gente vaya mas despacio por miedo a que le quiten puntos, porque aun no tienes carnet. tu espera a que lo tengas, y te quiten 4 puntos por saltarte un Stop, y te keden solo 4 puntos (empiezas con 8 puntos) ya veras como vas a respetar los stops(4puntos) los intermitentes(2puntos creo..) y entenderas esa opinion
cierto es que el hecho de que por ir demasiado rapido se pueda ir a la carcel es excesivo...es mas peligroso para ti y para el resto ir a 140 en un peugeot 205 que a 170 en un Lexus 220d, por poner un ejemplo.
y los fumadores...como deberían ser tratados? como gente normal? (esa es mi opinion), como gente que contamina al resto? o quizas como adictos a la nicotina y deben ser tratados como toxicomanos?? porque la cosa esta llegando a unos extremos que...vaya por diox...
no sabia que participar en un intercambio de compactos era delito...entonces...LA ARROUTADA?????xdddddddddddddd (alomejor hablo desde mi ignorancia XDD sorry^^U )
de todas formas Dhaos, opino que no ves logico que la gente vaya mas despacio por miedo a que le quiten puntos, porque aun no tienes carnet. tu espera a que lo tengas, y te quiten 4 puntos por saltarte un Stop, y te keden solo 4 puntos (empiezas con 8 puntos) ya veras como vas a respetar los stops(4puntos) los intermitentes(2puntos creo..) y entenderas esa opinion
cierto es que el hecho de que por ir demasiado rapido se pueda ir a la carcel es excesivo...es mas peligroso para ti y para el resto ir a 140 en un peugeot 205 que a 170 en un Lexus 220d, por poner un ejemplo.
y los fumadores...como deberían ser tratados? como gente normal? (esa es mi opinion), como gente que contamina al resto? o quizas como adictos a la nicotina y deben ser tratados como toxicomanos?? porque la cosa esta llegando a unos extremos que...vaya por diox...
no sabia que participar en un intercambio de compactos era delito...entonces...LA ARROUTADA?????xdddddddddddddd (alomejor hablo desde mi ignorancia XDD sorry^^U )
Re: codigo penal y descargas... >.<
Esto está bastante mal planteado:
Aunque la parte de la propiedad intelectual no entra en mi temario, me picó la curiosidad así que lo busqué y me encontré con esto.
Artículo 270. Redacción según Ley Orgánica 15/2003, de 25 de noviembre.
1. Será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años y multa de 12 a 24 meses quien, con ánimo de lucro y en perjuicio de tercero, reproduzca, plagie, distribuya o comunique públicamente, en todo o en parte, una obra literaria, artística o científica, o su transformación, interpretación o ejecución artística fijada en cualquier tipo de soporte o comunicada a través de cualquier medio, sin la autorización de los titulares de los correspondientes derechos de propiedad intelectual o de sus cesionarios.
2. Será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años y multa de 12 a 24 meses quien intencionadamente exporte o almacene ejemplares de las obras, producciones o ejecuciones a que se refiere el apartado anterior sin la referida autorización. Igualmente incurrirán en la misma pena los que importen intencionadamente estos productos sin dicha autorización, tanto si éstos tienen un origen lícito como ilícito en su país de procedencia; no obstante, la importación de los referidos productos de un Estado perteneciente a la Unión Europea no será punible cuando aquellos se hayan adquirido directamente del titular de los derechos en dicho Estado, o con su consentimiento.
3. Será castigado también con la misma pena quien fabrique, importe, ponga en circulación o tenga cualquier medio específicamente destinado a facilitar la supresión no autorizada o la neutralización de cualquier dispositivo técnico que se haya utilizado para proteger programas de ordenador o cualquiera de las otras obras, interpretaciones o ejecuciones en los términos previstos en el apartado 1 de este artículo.
Artículo 271. Redacción según Ley Orgánica 15/2003, de 25 de noviembre.
Se impondrá la pena de prisión de uno a cuatro años, multa de 12 a 24 meses e inhabilitación especial para el ejercicio de la profesión relacionada con el delito cometido, por un período de dos a cinco años, cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:
1.Que el beneficio obtenido posea especial trascendencia económica.
2.Que los hechos revistan especial gravedad, atendiendo el valor de los objetos producidos ilícitamente o a la especial importancia de los perjuicios ocasionados.
3.Que el culpable perteneciere a una organización o asociación, incluso de carácter transitorio, que tuviese como finalidad la realización de actividades infractoras de derechos de propiedad intelectual.
4.Que se utilice a menores de 18 años para cometer estos delitos.
Artículo 272.
1. La extensión de la responsabilidad civil derivada de los delitos tipificados en los dos artículos anteriores se regirá por las disposiciones de la Ley de Propiedad Intelectual relativas al cese de la actividad ilícita y a la indemnización de daños y perjuicios.
2. En el supuesto de sentencia condenatoria, el Juez o Tribunal podrá decretar la publicación de ésta, a costa del infractor, en un periódico oficial.
Aquí unas aclaraciones
Así es que compartir con el emule, no está castigado y dudo que los fulanitos de los supuestos tuvieran ánimo de lucro...
Quien hizo esos supuestos no interpreta bien el Código penal español, que por una parte es una de los más benevolentes de Europa y uno de los principios en los que se basa es en de proporcionalidad en cuanto a pena-delito, sería imposible que te metieran en la cárcel por bajarte una canción.
Y por lo que sé cuando pillan a un top-manta los policías les comunican a las discográficas y distribuidoras cuántos había de su propiedad por si quieren denunciar, ya que solo es perseguible por denuncia, y estas lo suelen dejar pasar porque no les interesa.
Y en cuanto a lo del final "violad, acosad, robad, pero no uséis el emule"
No se menciona ningún artículo referente a la violación... si no ya no podrían exagerar así.
Según el artículo 178 que regula la agresión sexual, delito contra la libertad sexual con violencia o intimidación será castigado con 1 a 4 años de cárcel. En el artículo siguiente cuando la agresión sexual consista en acceso carnal... o introducción de objetos será castigado con 6 a 12 años. Y esto puede llevar más castigo si concurre alguna circunstancia como vulnerabilidad, superioridad... y aún más si concurren varias de ellas.
En los artículos 181 a 183 se regula el abuso sexual que es un delito contra la libertad sexual sin violencia o intimidación y sin consentimiento, puede llegar a penarse con 10 años.
Aquí la legislación vigente.
Y tampoco se menciona ningún delito de robo, porque una cosa es un hurto que se realiza mediante despiste y otra un robo en el que se emplea violencia sobre las personas o cosas. Aquí la legislación vigente.
Aunque la parte de la propiedad intelectual no entra en mi temario, me picó la curiosidad así que lo busqué y me encontré con esto.
CAPÍTULO XI.
DE LOS DELITOS RELATIVOS A LA PROPIEDAD INTELECTUAL E INDUSTRIAL, AL MERCADO Y A LOS CONSUMIDORES.
SECCIÓN 1. DE LOS DELITOS RELATIVOS A LA PROPIEDAD INTELECTUAL.
DE LOS DELITOS RELATIVOS A LA PROPIEDAD INTELECTUAL E INDUSTRIAL, AL MERCADO Y A LOS CONSUMIDORES.
SECCIÓN 1. DE LOS DELITOS RELATIVOS A LA PROPIEDAD INTELECTUAL.
Artículo 270. Redacción según Ley Orgánica 15/2003, de 25 de noviembre.
1. Será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años y multa de 12 a 24 meses quien, con ánimo de lucro y en perjuicio de tercero, reproduzca, plagie, distribuya o comunique públicamente, en todo o en parte, una obra literaria, artística o científica, o su transformación, interpretación o ejecución artística fijada en cualquier tipo de soporte o comunicada a través de cualquier medio, sin la autorización de los titulares de los correspondientes derechos de propiedad intelectual o de sus cesionarios.
2. Será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años y multa de 12 a 24 meses quien intencionadamente exporte o almacene ejemplares de las obras, producciones o ejecuciones a que se refiere el apartado anterior sin la referida autorización. Igualmente incurrirán en la misma pena los que importen intencionadamente estos productos sin dicha autorización, tanto si éstos tienen un origen lícito como ilícito en su país de procedencia; no obstante, la importación de los referidos productos de un Estado perteneciente a la Unión Europea no será punible cuando aquellos se hayan adquirido directamente del titular de los derechos en dicho Estado, o con su consentimiento.
3. Será castigado también con la misma pena quien fabrique, importe, ponga en circulación o tenga cualquier medio específicamente destinado a facilitar la supresión no autorizada o la neutralización de cualquier dispositivo técnico que se haya utilizado para proteger programas de ordenador o cualquiera de las otras obras, interpretaciones o ejecuciones en los términos previstos en el apartado 1 de este artículo.
Artículo 271. Redacción según Ley Orgánica 15/2003, de 25 de noviembre.
Se impondrá la pena de prisión de uno a cuatro años, multa de 12 a 24 meses e inhabilitación especial para el ejercicio de la profesión relacionada con el delito cometido, por un período de dos a cinco años, cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:
1.Que el beneficio obtenido posea especial trascendencia económica.
2.Que los hechos revistan especial gravedad, atendiendo el valor de los objetos producidos ilícitamente o a la especial importancia de los perjuicios ocasionados.
3.Que el culpable perteneciere a una organización o asociación, incluso de carácter transitorio, que tuviese como finalidad la realización de actividades infractoras de derechos de propiedad intelectual.
4.Que se utilice a menores de 18 años para cometer estos delitos.
Artículo 272.
1. La extensión de la responsabilidad civil derivada de los delitos tipificados en los dos artículos anteriores se regirá por las disposiciones de la Ley de Propiedad Intelectual relativas al cese de la actividad ilícita y a la indemnización de daños y perjuicios.
2. En el supuesto de sentencia condenatoria, el Juez o Tribunal podrá decretar la publicación de ésta, a costa del infractor, en un periódico oficial.
Aquí unas aclaraciones
Así es que compartir con el emule, no está castigado y dudo que los fulanitos de los supuestos tuvieran ánimo de lucro...
Quien hizo esos supuestos no interpreta bien el Código penal español, que por una parte es una de los más benevolentes de Europa y uno de los principios en los que se basa es en de proporcionalidad en cuanto a pena-delito, sería imposible que te metieran en la cárcel por bajarte una canción.
Y por lo que sé cuando pillan a un top-manta los policías les comunican a las discográficas y distribuidoras cuántos había de su propiedad por si quieren denunciar, ya que solo es perseguible por denuncia, y estas lo suelen dejar pasar porque no les interesa.
Y en cuanto a lo del final "violad, acosad, robad, pero no uséis el emule"
No se menciona ningún artículo referente a la violación... si no ya no podrían exagerar así.
Según el artículo 178 que regula la agresión sexual, delito contra la libertad sexual con violencia o intimidación será castigado con 1 a 4 años de cárcel. En el artículo siguiente cuando la agresión sexual consista en acceso carnal... o introducción de objetos será castigado con 6 a 12 años. Y esto puede llevar más castigo si concurre alguna circunstancia como vulnerabilidad, superioridad... y aún más si concurren varias de ellas.
En los artículos 181 a 183 se regula el abuso sexual que es un delito contra la libertad sexual sin violencia o intimidación y sin consentimiento, puede llegar a penarse con 10 años.
Aquí la legislación vigente.
Y tampoco se menciona ningún delito de robo, porque una cosa es un hurto que se realiza mediante despiste y otra un robo en el que se emplea violencia sobre las personas o cosas. Aquí la legislación vigente.
Última edición por Atenea el Mar 19 Mayo 2009, 03:04, editado 1 vez
Re: codigo penal y descargas... >.<
Muchas gracias Atenea por la información. Ya tardabas en aparecer por estos lares siendo tu tema
Y ya me parecía que era algo exagerado el tema ^^
A esto me refiero. Que funcione no quiere decir que no sea absurdo. Y este ejemplo me hace reforzarme en mi opinión. Que te quiten la mitad de la puntuación por saltarte un Stop me parece realmente absurdo. Y no conduzco, pero no creo que cambie de opinión.
Funcionará y habrá menos accidentes, supongo, pero también habrá más conductores con miedo al volante. A mí, con la nueva normativa, me han quitado un poco las ganas de conducir.
No digo que esté mal, pero siento que cada vez hay más criminalización de la sociedad. Y ni siquiera formo parte de los públicos a los que va dirigido. Excepto, claro, en las descargas.
Insisto. Todo esto es mi opinión.
Y ya me parecía que era algo exagerado el tema ^^
y te quiten 4 puntos por saltarte un Stop, y
te keden solo 4 puntos (empiezas con 8 puntos)
A esto me refiero. Que funcione no quiere decir que no sea absurdo. Y este ejemplo me hace reforzarme en mi opinión. Que te quiten la mitad de la puntuación por saltarte un Stop me parece realmente absurdo. Y no conduzco, pero no creo que cambie de opinión.
Funcionará y habrá menos accidentes, supongo, pero también habrá más conductores con miedo al volante. A mí, con la nueva normativa, me han quitado un poco las ganas de conducir.
No digo que esté mal, pero siento que cada vez hay más criminalización de la sociedad. Y ni siquiera formo parte de los públicos a los que va dirigido. Excepto, claro, en las descargas.
Insisto. Todo esto es mi opinión.
Dhaos- Administrador
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Re: codigo penal y descargas... >.<
A ver, así de pronto, suena un poco bestia lo de quitar 4 puntos por saltarse un stop, pero piensa en las implicaciones que tiene hacerlo. Que por saltarte el stop te arrolle un bus, un camión, u otro coche. Puede no pasar nada como ocurrir una desgracia. Y para eso está la medida, para evitar la desgracia.
Y me parece genial la medida de poder mandar a la cárcel a los que van bebidos al volante. No digo a los que dan positivo por haber bebido 2 cervezas. Digo a los idiotas que después de salir de marcha y con toda una destilería en el estómago, cogen el coche como si tal cosa. Porque además, la mitad de las veces que tienen un accidente, a ellos no les pasa nada, pero dejan a una familia ajena sin padre, madre, o algún hijo. Y los peores de todos son los que no quedan afectados por haber matado a alguien con su irresponsabilidad.
Y me parece genial la medida de poder mandar a la cárcel a los que van bebidos al volante. No digo a los que dan positivo por haber bebido 2 cervezas. Digo a los idiotas que después de salir de marcha y con toda una destilería en el estómago, cogen el coche como si tal cosa. Porque además, la mitad de las veces que tienen un accidente, a ellos no les pasa nada, pero dejan a una familia ajena sin padre, madre, o algún hijo. Y los peores de todos son los que no quedan afectados por haber matado a alguien con su irresponsabilidad.
Jumpers- Unknown
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Re: codigo penal y descargas... >.<
Dhaos, está claro que no te has informado del todo sobre el carnet por puntos o sobre el carnet de conducir en sí.
Saltarte un stop es motivo de la pérdida de 4 puntos. Empiezas con 8 puntos, pero éstos se convierten en 12 con el tiempo.
Si vas a un examen de conducir y te saltas un stop, el examen lo tienes suspenso. Y bajar la velocidad hasta 0.1km/h, aunque te de tiempo a mirar hacia todos los lados, asegurarte de que no viene nadie y luego acelerar para incorporarte es saltarte un stop (conozco un caso que precisamente suspendió por no deternse completamente en el stop).
El carnet por puntos funciona. Antes sólo había multas, pero quien tenía dinero simplemente las pagaba y seguía haciendo lo que quisiera. Los puntos no son para joder a los conductores o dificultarles el uso del vehículo. Los puntos son para que aquellas personas que reincidan en incumplir las normas de tráfico estén 'registrados' y sean sancionados con respecto a ello.
Quizás sí haya que reconsiderar la cantidad de puntos que se pierde por determinadas infracciones, e incluso lo peligroso de incumplir determinadas normas, pero eso ya no es culpa del carnet por puntos.
Con respecto al tema que estamos tratando, y respondiendo al o que dice dani, tal y como dice atenea en su post, el intercambio de archivos de música, o películas o todo eso únicamente es ilegal cuando se hace con ánimo de lucro. En el caso de la arroutada no hay ánimo de lucro en lo referente a los archivos. Es decir: tú en la arroutada (así como en todas las partys) pagas por la infraestructura, no por los archivos que te descargas. Por eso las partys son legales.
Y el tema de los fumadores... sólo digo que sí que estoy a favor de que, al ser un vicio insano (tanto para el que lo practica como para los que lo rodean) me parece bien que aquellos que lo hacen lo hagan en una zona exclusiva para ello.
Sí me parece, por ejemplo, un insulto que en algunos aeropuertos la zona de fumadores esté simplemente limitada por unas pegatinas en el suelo y porque tienen cenicero, o el intento de que si el edificio tiene más de dos plantas no se pueda fumar ni en la casa de uno.
Pero sí que me parece bien que los fumadores tengan un lugar separado de los no fumadores en locales de comida (o consumición de alimentos en genral) y que se prohiba fumar en lugares públicos como bibliotecas.
El humo del tabaco molesta no sólo a los pulmones, sino que también jode los ojos. Y a mí, como ex-fumador, podría en algún momento molestarme más por el hecho de que tengo que evitar conscientemente el fumar (no es mi caso, pero sí el de otros ex-fumadores)
Saltarte un stop es motivo de la pérdida de 4 puntos. Empiezas con 8 puntos, pero éstos se convierten en 12 con el tiempo.
Si vas a un examen de conducir y te saltas un stop, el examen lo tienes suspenso. Y bajar la velocidad hasta 0.1km/h, aunque te de tiempo a mirar hacia todos los lados, asegurarte de que no viene nadie y luego acelerar para incorporarte es saltarte un stop (conozco un caso que precisamente suspendió por no deternse completamente en el stop).
El carnet por puntos funciona. Antes sólo había multas, pero quien tenía dinero simplemente las pagaba y seguía haciendo lo que quisiera. Los puntos no son para joder a los conductores o dificultarles el uso del vehículo. Los puntos son para que aquellas personas que reincidan en incumplir las normas de tráfico estén 'registrados' y sean sancionados con respecto a ello.
Quizás sí haya que reconsiderar la cantidad de puntos que se pierde por determinadas infracciones, e incluso lo peligroso de incumplir determinadas normas, pero eso ya no es culpa del carnet por puntos.
Con respecto al tema que estamos tratando, y respondiendo al o que dice dani, tal y como dice atenea en su post, el intercambio de archivos de música, o películas o todo eso únicamente es ilegal cuando se hace con ánimo de lucro. En el caso de la arroutada no hay ánimo de lucro en lo referente a los archivos. Es decir: tú en la arroutada (así como en todas las partys) pagas por la infraestructura, no por los archivos que te descargas. Por eso las partys son legales.
Y el tema de los fumadores... sólo digo que sí que estoy a favor de que, al ser un vicio insano (tanto para el que lo practica como para los que lo rodean) me parece bien que aquellos que lo hacen lo hagan en una zona exclusiva para ello.
Sí me parece, por ejemplo, un insulto que en algunos aeropuertos la zona de fumadores esté simplemente limitada por unas pegatinas en el suelo y porque tienen cenicero, o el intento de que si el edificio tiene más de dos plantas no se pueda fumar ni en la casa de uno.
Pero sí que me parece bien que los fumadores tengan un lugar separado de los no fumadores en locales de comida (o consumición de alimentos en genral) y que se prohiba fumar en lugares públicos como bibliotecas.
El humo del tabaco molesta no sólo a los pulmones, sino que también jode los ojos. Y a mí, como ex-fumador, podría en algún momento molestarme más por el hecho de que tengo que evitar conscientemente el fumar (no es mi caso, pero sí el de otros ex-fumadores)
Solhdeck- Administrador
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Re: codigo penal y descargas... >.<
Quizás sí haya que reconsiderar la cantidad de puntos que se pierde
por determinadas infracciones, e incluso lo peligroso de incumplir
determinadas normas, pero eso ya no es culpa del carnet por puntos.
No entiendo que digas que no tiene relación el carnet por puntos con los puntos perdidos. Cuando hablo de lo absurdo, no hablo del carnet como tal, sino a los puntos. Pero es que la norma de los puntos salió con el carnet por puntos. Cuando hablo del carnet por puntos, hablo de la norma salida a partir de dicho carnet.
al ser un vicio insano
¿Para cuando más dureza con respecto al alcohol? (Porque es un vicio insano al fin y al cabo, aunque sea distinto).
Porque a mí me puede molestar el humo en los locales, pero también me molesta el no poder caminar tranquilo de noche sin tener que soportar a algún borracho.
El problema de todo son las personas, no el alcohol, el tabaco o el coche. El problema es que pocas personas son respetuosas, y claro, el uso de cualquiera de las otras cosas, sin respeto... es una mala mezcla.
Me callo, porque no debería criticar las leyes si no propongo nada mejor.
Aún así me extraña que os parezca tan bien las normas actuales, porque no seré conductor, pero vamos, a mi padre (conductor desde hace años) le parece muchísimo más absurdo que a mí.
Será que no sé del tema, o que mi ideología es distinta a la vuestra.
Dhaos- Administrador
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Re: codigo penal y descargas... >.<
No te quitan la mitad. Te quitan 4. (que sólo es la mitad si tienes 8 )A esto me refiero. Que funcione no quiere decir que no sea absurdo. Y
este ejemplo me hace reforzarme en mi opinión. Que te quiten la mitad
de la puntuación por saltarte un Stop me parece realmente absurdo. Y no
conduzco, pero no creo que cambie de opinión.
No tiene que ver. Las normas de circulación hay que respetarlas igualmente. A mí me daría más miedo saltarme un stop que respetarlo, porque si lo respeto es menos probable que alguien choque conmigo. y a la mayoría de conductores les pasa igual.Funcionará y habrá
menos accidentes, supongo, pero también habrá más conductores con miedo
al volante. A mí, con la nueva normativa, me han quitado un poco las
ganas de conducir.
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Re: codigo penal y descargas... >.<
... Como ya se ve hay normas excesivas en muhcas partes; lo únic que quenren es que se respetan las normas, y si ello han de hacerlo por miedo a la sanción, lo harán.
También hay cosas que apesar de ser mucho más bestias tiene mucha menos sanción, yo creo que eso es porque la gente ya está concienciada de que eso está mal.
También hay cosas que apesar de ser mucho más bestias tiene mucha menos sanción, yo creo que eso es porque la gente ya está concienciada de que eso está mal.
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Re: codigo penal y descargas... >.<
Una cosa es que sean escesivas y otra muy diferente es que no tengan sentido. A mi forma de verlo, el sistema judicial necesita una reforma bastante grande. Pero no soy ningún experto en la materia asi que... mientras no distribuyas y ganes dinero por las descargas, por ahora, sigue sin ser delito (o eso lei en todas partes).
Saludos, Maakel
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Re: codigo penal y descargas... >.<
Dhaos escribió:No entiendo que digas que no tiene relación el carnet por puntos con los puntos perdidos. Cuando hablo de lo absurdo, no hablo del carnet como tal, sino a los puntos. Pero es que la norma de los puntos salió con el carnet por puntos. Cuando hablo del carnet por puntos, hablo de la norma salida a partir de dicho carnet.
La dureza de las sanciones por determinadas infracciones están desde antes del carnet por puntos.
Además, por el modo en el que te has expresado, entendí que lo que considerabas absurdo era la idea del carnet por puntos en sí, no lo absurdo de las sanciones que se toman con respecto a ello.
Dhaos escribió:¿Para cuando más dureza con respecto al alcohol? (Porque es un vicio insano al fin y al cabo, aunque sea distinto).
La dureza con respecto al alcohol se ha tomado. Cuando surgieron las normas antitabaco también salieron normas anti-alcohol. Redujeron drásticamente las publicidades en exteriores, así como regularon las publicidades (tanto de tabaco como de alcohol) que salen en la tele poniendo ciertas normas que, en teoría, hay que respetar.
En algunos lugares de España el alcohol no se vende a partir de cierta hora de la noche (las 22.00).
Sí, pero si yo fumo un cigarrillo a tu lado, el humo del tabaco te hace mal sí o sí. Con que respires un poco de ese humo ya se te mete en los pulmones, sin embargo, si me emborracho bien puedo ser el mayor gilipollas del mundo y andar apuñalando por la calle a las personas, o bien puedo ser un simple niño borracho que no se mete con nadie ni molesta a nadie.Dhaos escribió:Porque a mí me puede molestar el humo en los locales, pero también me
molesta el no poder caminar tranquilo de noche sin tener que soportar a
algún borracho.
Además, salvo en Galicia y en contados lugares más, beber en la calle (el famoso botellón) es un delito (la última vez que fui a Valencia desconocía ese hecho y saludé a un coche de policía que pasaba con un vaso de plástico lleno de Martini y mis compañeros me llamaron la atención explicándome la situación).
Por lo que sí que hay más regulación con respecto al alcohol que lo que había antes... solo que no se le da tanta atención porque lo del tabaco ha sido más tajante...
Dhaos escribió:El problema de todo son las personas, no el alcohol, el tabaco o el
coche. El problema es que pocas personas son respetuosas, y claro, el
uso de cualquiera de las otras cosas, sin respeto... es una mala mezcla.
Ahí estoy de acuerdo contigo, pero no es algo que esté en nuestras manos solucionar.
Solhdeck- Administrador
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